Toda vez que el país enfrenta una crisis hídrica, la cual en particular es grave en el Valle de México, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), instruyó a las autoridades federales a entregar el contrato del Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago número 1928 para apoyar el Proyecto de Saneamiento del Valle de México.

En su resolución, el organismo urgió a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), instancia competente en el caso, a que se localicen tres convenios modificatorios de dicho contrato y su manual de operación.

Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada del Inai, indicó que conocer esta información es crucial, dado que ello permitirá que se dé cuenta de las acciones para mitigar esta problemática.

La servidora pública explicó que el Fideicomiso 1928 fue creado para materializar las obras de rehabilitación del sistema de drenaje de la zona metropolitana de la Ciudad de México y la construcción de plantas de tratamiento, contempladas en el Proyecto de Saneamiento del Valle de México, a fin de reducir los niveles de patógenos y contaminantes, mejorar la capacidad de desalojo de aguas negras, evitar el riesgo de inundaciones y proteger la salud de la población.

RETO PARA EL DESARROLLO

Ibarra Cadena recordó que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) subraya que la escasez del agua es uno de los retos más apremiantes para el desarrollo, puesto que actualmente dos mil 400 millones de personas viven en países afectados por el estrés hídrico, entre los que figura México, donde los recursos de agua dulce por persona se han reducido casi un 20 por ciento en los últimos 20 años, lo cual es debido a la falta de gestiones públicas coordinadas, la contaminación y el cambio climático.

De acuerdo con un comunicado del Inai, un particular solicitó las reglas de operación del Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago número 1928, para apoyar el Proyecto de Saneamiento del Valle de México, sin embargo, en su respuesta, la Conagua entregó un oficio con cierta nomenclatura; no obstante, la persona solicitante interpuso un recurso de revisión porque no se anexó documento alguno, es decir, se entregó la información incompleta.

Fue de esta forma que Ibarra Cadena mencionó que aunque si bien posteriormente la Conagua envió a la persona solicitante por vía electrónica un contrato del Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago, así como su anexo, se constató que el archivo no podía verse ni descargarse, por lo que el particular no quedó satisfecho con su demanda de información.